Luis Guillermo Vélez Cabrera. Ciudadano Colombo-Norteamericano Superintendente de Industria y Comercio Ad Hoc |
Contra la decisión del Superintendente de Industria y Comercio Ad Hoc no procede recurso alguno
RESOLUCIÓN: . Mediante Resolución 53788 del 3 de septiembre de 2014, el Superintendente de Industria y Comercio Ad Hoc, Luis Guillermo Vélez Cabrera, en ejercicio de sus facultades legales en materia de protección de la competencia y de los consumidores, resolvió los recursos de reposición interpuestos contra la Resolución Nº 25036 del 21 de abril de 2014 y ratificó la decisión de:
1. Sancionar a la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá E.S.P. (EAB), a la Unidad Administrativa Especial De Servicios Públicos (UAESP) y a la empresa Aguas de Bogotá S.A. E.S.P. (Aguas de Bogotá), por ejecutar prácticas violatorias de la Constitución y de la ley, al limitar la libre competencia en el marco de la creación, implementación y puesta en marcha del actual esquema de recolección de basuras en Bogotá. Las multas impuestas en concordancia con la gravedad de la violación legal son las siguientes:
2. Sancionar a diez (10) personas naturales, quienes colaboraron, facilitaron, autorizaron, ejecutaron y/o toleraron el diseño e implementación de un esquema de recolección de basuras para Bogotá en violación de la Constitución y de la ley. Las multas impuestas en concordancia con la gravedad de la violación legal son las siguientes: